Ante las numerosas incidencias que están surgiendo con los accidentes deportivos, la Federación Cántabra de Hípica recuerda:
ES IMPRESCINDIBLE ACUDIR A UN CENTRO MÉDICO CONCERTADO SALVO URGENCIA VITAL. En caso contrario, el seguro no se hará cargo de los gastos ocasionados por la asistencia.
El asegurado podrá dirigirse a cualquier centro concertado, identificándose como
asegurado/federado y aportando el parte de accidentes. Puede informarse en el teléfono 919 912 440 para saber los centros de urgencia a los que puede dirigirse. En caso de requerir traslado en ambulancia ha de llamarse al 900 900 118. Es conveniente que disponga del parte de accidente.
Su licencia federativa conlleva un seguro que le cubre los accidentes sufridos con motivo de la práctica deportiva en los términos previstos por el R.D. 849/1993, de 4 de junio. Para hacer uso de este seguro es obligatorio que siga el siguiente protocolo marcado por la compañía.
NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE
La asistencia médica garantizada en la Póliza será prestada por el Centro Médico o facultativo concertado por ASISA. Para acceder a ella es imprescindible seguir los siguientes pasos:
- Comunicación del accidente e identificación del centro concertado más próximo.
• La asistencia médica será prestada en los Centros del Cuadro Médico de ASISA. En caso de accidente cubierto por la póliza, el asegurado deberá contactar con en el número de teléfono 919 912 440, salvo casos de urgencia vital, y se le facilitará los datos y ubicación del Centro del Cuadro Médico más adecuado en atención a las lesiones sufridas.
• Se puede consultar el cuadro médico de ASISA en el enlace que puede encontrar al final de esta página.
2. Cumplimentación del “Parte de Comunicación de Accidentes”. El accidente deberá ser comunicado en un período máximo de 7 días a la plataforma de la siguiente manera:
- Enviar el parte de accidentes debidamente cumplimentado, junto con los informes y prescripciones médicas (si hubiesen) a: deportivas.cantabria@asisa.es y siniestros@grupoanagan.com
- Es importante explicar detenidamente lo sucedido en el parte de accidentes.
- El parte debe ser sellado por la Federación o centro hípico federado.
- Es importante que los datos de contacto sean correctos, a poder ser nº de móvil del lesionado y/o padres/tutores, así como email de contacto de los interesados. Si los datos de contacto no son correctos será imposible coordinar la asistencia.
Les informamos que, la política de atención a pacientes federados que acuden a urgencias en el Hospital Mompía ha cambiado.A partir de ahora, TODOS LOS PACIENTES FEDERADOS que acudan al servicio de urgencias sin el parte de accidentes anticiparán el importe de la asistencia en el momento de la atención.
Una vez que presente el parte de accidente, ya sea de manera presencial en el hospital o a través de correo electrónico ( urgencias@hospitalmompia.com ), se procederá a la devolución del importe. El proceso completo para el reembolso de la factura se le explicara al paciente de forma presencial en el mostrador de Admisión de Urgencias.
3. Seguimiento de tratamiento y pruebas complementarias. Para cualquier autorización de prueba complementaria deberán solicitar autorización previa. Es preciso una autorización de ASISA para:
• Hospitalización
• Intervenciones quirúrgicas.
• Consultas de otras especialidades, excepto traumatología y rehabilitación.
• Pruebas complementarias especiales como TAC, RMN, etc.
• Rehabilitación y/o fisioterapia.
• PCR coronavirus preoperatorio.
Para la tramitación de las autorizaciones se debe aportar el parte de accidentes firmado por el lesionado y la Federación, el informe médico de urgencias y/o evolutivo y en el caso de tratamiento de rehabilitación, además, deberá especificarse tratamiento y número de sesiones, así como diagnóstico del proceso, y se tendrán que aportar las pruebas diagnósticas realizadas. Se deberá solicitar por e-mail, enviando toda la documentación a la dirección de correo: deportivas.cantabria@asisa.es
En los casos que el asegurado esté de baja en la póliza pero precise seguimiento, por estar en un ratamiento en curso dentro del límite temporal de cobertura, deberá solicitar autorización para todas las asistencias. Esto no aplica si está ya de alta en la nueva temporada
4. En los casos de URGENCIA VITAL el lesionado podrá recibir la asistencia médica de urgencia en el Centro Sanitario más próximo. Una vez superada la asistencia de urgencias, el lesionado deberá ser trasladado a un centro médico concertado. En caso de permanencia en un CENTRO MÉDICO NO CONCERTADO la Compañía no se hará cargo de los costes de la atención prestada.
El federado deberá comunicar el primer día hábil su circunstancia a la plataforma de siniestros de ASISA.
Urgencia vital: Situación en que se haya producido de forma brusca o repentina una patología, derivada de un accidente deportivo, cuya naturaleza y síntomas hagan presumible un riesgo inminente o muy próximo para la vida del asegurado, o un daño irreparable para su integridad física de no llevarse a cabo una actuación terapéutica inmediata, en esta situación se deberá dirigir al centro más cercano y, en caso de no estar concertado, Asisa posteriormente se hará cargo de la asistencia recibida.
ASPECTOS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA
- La Compañía no se hará cargo de los costes derivados de asistencias en centros no concertados o de la Seguridad Social excepto en los casos de urgencia vital. Las asistencias médicas en centros NO CONCERTADOS, salvo los casos de urgencia vital, serán por cuenta del propio lesionado. En el caso de que se facturaran a la Compañía, ésta podrá repercutirlos al asegurado.
- Será motivo de cierre del expediente del Siniestro y por tanto, no continuidad de tratamiento, si durante la BAJA MEDICA DEPORTIVA el Federado realiza actividad deportiva, careciendo de cobertura los accidentes posteriores que pudieran producirse sin estar de alta médica por un accidente anterior.
- Cualquier asistencia, consulta médica, pruebas o rehabilitación, que no sea de URGENCIAS, deberá ser autorizada previamente, de lo contrario será el federado quien se haga cargo de los costes incurridos.
- Les recordamos que la póliza de la Federación se rige según el Real Decreto 849/1993 por la cual se incluyen las lesiones derivadas de accidente deportivo, es decir, por traumatismo puntual, violento, súbito y externo, durante la práctica deportiva, siempre que no sean debidos a lesiones crónicas y/o preexistentes. Se excluyen también las enfermedades o patologías crónicas derivadas de la práctica habitual del deporte, por microtraumatismos repetidos, tales como tendinitis y bursitis crónica, artrosis o artritis, hernias discales, y en general cualquier patología degenerativa.
ENLACES RELACIONADOS:
Debe estar conectado para enviar un comentario.